Asuntos Estudiantiles
Los asuntos estudiantiles son situaciones, solicitudes y trámites que requieren atención institucional. Se clasifican en académicos y disciplinarios, cada uno cuenta con procedimientos, autoridades y recursos definidos en la normativa interna y se gestionan a través de los canales e instancias establecidos, de acuerdo con un conducto regular y garantizando el debido proceso.
Asuntos Académicos
Los asuntos académicos comprenden las solicitudes y trámites relacionados con los programas de estudio y la permanencia en la Universidad de los estudiantes, tales como calificaciones, requisitos, homologaciones, inscripción y retiro de cursos, y entre otros.
Asuntos Disciplinarios
Los asuntos disciplinarios están relacionados con cualquier incumplimiento a los reglamentos estudiantiles, el uso inadecuado de los recursos y espacios institucionales, así como con acciones que afecten el ambiente universitario seguro y respetuoso. Ante cualquier falta normativa, se activan procesos disciplinarios conforme a los regímenes aplicables según el nivel de estudios y se garantiza, en todo momento, el debido proceso.
Apoyo y orientación a estudiantes
Con el propósito de acompañar y enriquecer la vida universitaria de las y los estudiantes, la Universidad disponde de varias estrategias y dependencias enfocadas en brindar orientación y apoyo en diversos aspectos, entre ellas:
Comité de Asuntos Estudiantiles (CAE)
El Comité de Asuntos Estudiantiles (CAE) es el órgano delegado por el Consejo Académico de la Universidad de los Andes para conocer y resolver, en segunda instancia, los asuntos académicos y disciplinarios de los estudiantes. El CAE estudia y decide los casos que se someten a su consideración con fundamento en los reglamentos generales de estudiantes y en las directrices fijadas por el Consejo Académico. Para más información puedes comunicarte al correo [email protected].
Miembros del CAE
La composición del Comité de Asuntos Estudiantiles (CAE), aprobada mediante la Resolución 98 del Consejo Académico, es la siguiente: el Secretario General, quien lo preside; el Decano de Estudiantes o su delegado; cuatro profesores de planta, designados por el Consejo Académico para períodos de dos años; y dos estudiantes, designados por el Consejo Estudiantil Uniandino para períodos de un año. La suplencia del Secretario General podrá ser asumida por el Director Jurídico o por quien este delegue.